Este martes se reveló el acuerdo de culpabilidad firmado por Ismael “El Mayo” Zambada ante la justicia de Estados Unidos, el cual incluye la rúbrica del criminal mexicano, fundador del Cártel de Sinaloa.
Zambada aceptó cargos que incluyen la operación de una empresa criminal continua y conspiración de crimen organizado.
También establece que aceptará la cadena perpetua y el decomiso de 15 mil millones de dólares.
Mediante este acuerdo, Zambada García renuncia a ciertos derechos de apelación y cooperará en la divulgación de activos, además de que se enfrenta a una posible deportación de los Estados Unidos.
El documento fue revelado por la periodista Phoebe Eaton, que destacó que hay signos de cooperación entre el capo de la droga y el gobierno de Estados Unidos, por ejemplo para identificar los activos que permitan pagar los 15 mil millones de dólares y revelar detalles de una red internacional de lavado de dinero.
Textualmente, el acuerdo dice:
“El demandado se compromete a colaborar plenamente con el gobierno para efectuar el pago de la Sentencia de Decomiso, entre otras cosas, mediante la formalización de los documentos necesarios para la transferencia de la titularidad a los Estados Unidos”.
El acusado declara que revelará todos sus activos a los Estados Unidos en el estado financiero titulado, 60 días hábiles antes de la fecha de la sentencia.
“El Mayo” Zambada aceptó por escrito que si no paga el dinero antes de enero de 2026 acepta la confiscación de cualquier otra propiedad suya que se alcance la cifra acordada.
El acuerdo expone la posibilidad de que Zambada sea deportado a México, ya que no es ciudadano estadounidense, aunque deja abierta la posibilidad a que se mantenga preso en Estados Unidos:
“El acusado reconoce que declararse culpable puede tener consecuencias en su estatus migratorio si no es ciudadano estadounidense (…) De hecho, dado que el acusado se declara culpable de participar en una actividad delictiva continua y de conspirar para violar el Título 18 del Código de los Estados Unidos, artículo 1962(c), la deportación es presuntamente obligatoria. Sin embargo, la deportación y otras consecuencias migratorias son objeto de un procedimiento separado, y el acusado entiende que nadie, ni siquiera su abogado ni el Tribunal de Distrito, puede predecir con certeza el efecto de su condena en su estatus migratorio. Sin embargo, el acusado afirma que quiere declararse culpable independientemente de las consecuencias migratorias que su declaración pueda conllevar, incluso si la consecuencia es su expulsión automática de los Estados Unidos.
En todo caso, Zambada aceptó que con este acuerdo renuncia a cualquier posibilidad de apelar la sentencia o para buscar quedarse bienes o dinero asegurado.
Comentarios