Por Alejandra Quezada, Laurence Pantin, y Luis Tapia
Una gran incógnita de las elecciones judiciales del próximo 1° de junio es el nivel de participación que se registrará. Uno de los elementos que podría generar una baja participación es la novedad y complejidad que implicará votar. Dentro de las novedades de este proceso electoral, la ciudadanía que decida votar tendrá que utilizar boletas con un diseño muy diferente al de las boletas que se han usado históricamente en las elecciones ordinarias.
Con ello en mente, analizamos todas las boletas para los cargos de jueces y magistrados federales que serán utilizadas en las próximas elecciones judiciales a partir de la información que generó el Instituto Nacional Electoral (INE). A continuación, presentamos un análisis detallado que plantea muchas preocupaciones.
De un voto por boleta a diez votos por boleta
Hasta ahora, en México, en términos generales por cada boleta se manifestaba un voto y las personas votantes debían marcar el recuadro donde venía el nombre y el logo del partido de la candidatura de su preferencia.
En contraste, debido a la cantidad de cargos judiciales que se van a elegir y de candidatos en competencia, el INE y los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) de los 19 estados donde se realizarán elecciones judiciales este año, tuvieron que diseñar boletas con una lógica diferente. En la mayoría de los casos (1*), optaron por boletas donde se emitirán varios votos de manera simultánea. Para ello, las boletas mostrarán las listas de personas candidatas con el número que le fue asignado a cada una y tendrán recuadros donde las y los electorales deberán escribir el número de sus candidaturas preferidas.
Este diseño no sólo representa un desafío para las personas electoras –y en particular para las personas analfabetas que, según el más reciente Censo de Población y Vivienda del Inegi, representan en México 4.74% de la población de 15 años o más en 2020–. También implica un reto importante para el cómputo de los votos. Primero, porque las personas encargadas del mismo tendrán que entender (o interpretar) la letra de las personas votantes. Por otra parte, porque no podrán separar las boletas en función de la candidatura que fue votada, como ocurre en las elecciones ordinarias.
Un nuevo diseño de boletas
En el caso de las elecciones judiciales federales, cada persona votante tendrá que llenar seis boletas. Tres de éstas (las relativas a los cargos de personas ministras de la Suprema Corte, magistradas del Tribunal de Disciplina Judicial y magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación – TEPJF) serán las mismas en todo el país. Las boletas para designar a las personas magistradas de las cinco salas regionales del TEPJF serán distintas en función de la región de residencia. Finalmente, para designar los cargos de 464 personas magistradas y 386 personas juezas federales, el INE dividió el país en 60 distritos judiciales electorales.
Nos dimos a la tarea de revisar los 120 modelos de boletas correspondientes a los 60 distritos del país: en cada uno habrá una boleta para personas magistradas y una para personas juezas.
Es importante decir que estas boletas son las más complejas porque esos cargos se dividen en varias materias (penal, civil, administrativo, laboral, mercantil, mixto, etc.) identificadas por un color. En ellas, además de las listas de personas candidatas y de los recuadros, aparece el número de vacantes en juego por cada materia en ese distrito.
Lo primero que encontramos es que solamente en 25 de las 120 boletas los recuadros y sus colores corresponden con las vacantes del distrito.
Boletas con más recuadros que vacantes
En 73 boletas, encontramos que hay más recuadros que vacantes en juego.
Como se puede observar en la tabla 1, en algunos casos, solamente hay un recuadro adicional, pero en ocasiones sobran hasta cuatro. Para mayor referencia, a continuación, se pone un ejemplo de una boleta con cuatro recuadros adicionales.
La razón por la cual sobran estos recuadros es que el INE optó por un modelo de boleta donde se pondría un máximo de cinco recuadros para mujeres y otros cinco para hombres. El INE basó su decisión en una interpretación literal del artículo segundo transitorio de la reforma constitucional que establece que “Para Magistradas y Magistrados de Circuito y Juezas y Jueces de Distrito [los votantes] podrán elegir hasta cinco mujeres y hasta cinco hombres”.
Cabe señalar que el Acuerdo del Consejo General INE/CG65/2025 definió cuatro criterios para garantizar la paridad en la asignación de cargos. Sin embargo, ni la normatividad ni ningún otro acuerdo aprobado por el Consejo General del INE determina que se deban tomar decisiones de paridad de género en el diseño de las boletas, aparte de las ya señaladas en la Constitución (2*). Aún así, el INE lo hizo.
Por ejemplo, cuando en una materia existe una sola vacante, el INE puso un recuadro para esta materia del lado de las mujeres y otro del lado de los hombres.
El primer problema con estas boletas es que no queda clara cuál es la manera correcta de votar. Si se siguen las instrucciones de la boleta y de la plataforma para practicar el voto, se tendrían que llenar todos los recuadros. Pero en teoría no se puede emitir más de un voto para una misma vacante, por lo tanto, una duda es si se anularán los votos que “sobran” en las materias donde hay una sola vacante y la persona electora votó por un hombre y por una mujer. Realizamos esta consulta con dos personas consejeras del INE, quienes aseguraron que no se anularán estos votos.
Pero este diseño de boleta también puede propiciar situaciones que rompen con la lógica del modelo electoral tradicional y que, de darse en cualquier otra elección, generarían un escándalo.
Primero, se puede dar el caso de que para un cargo en competencia el número de votos emitidos sea superior y hasta el doble del número de personas que fueron a votar. En cualquier otra elección, esta situación sería una anomalía.
Por otra parte, si un ciudadano siguiera las instrucciones del INE y rellenara los dos recuadros, en realidad diluiría su voto. En efecto, votaría por su persona candidata favorita y por su segunda opción, pero podría ocurrir que más personas coincidan en su opción de respaldo que en la primera y que la opción menos favorita de todos acabara ganando el cargo (3*).
Boletas con menos recuadros que vacantes
Pero también identificamos el problema inverso. Encontramos 13 boletas donde el número de recuadros es inferior al número de vacantes. En éstas, los recuadros faltantes pueden oscilar entre uno y tres.
Ahora, esta situación ocurre tanto en el caso de vacantes pares como impares.
Ponemos un ejemplo cuando las vacantes son pares.
Existen varias boletas como la de la figura 3, que tienen dos vacantes en una materia –aquí la penal–, pero ningún candidato hombre. Sin embargo, hay cuatro candidatas mujeres, pero solamente se incluyó un recuadro en materia penal del lado de las mujeres, cuando había espacio para incluir uno más. Identificamos otras seis boletas donde faltan recuadros, aunque existían espacios para agregarlos en ambos géneros.
Por otra parte, también observamos que en ocasiones el problema ocurre cuando las vacantes son impares. La lógica del INE, en el caso de las materias con un número impar de vacantes, fue que los recuadros para votar se repartieran paritariamente entre hombres y mujeres y el recuadro adicional se colocaría del lado de la lista de mujeres. Por ejemplo, si existen tres vacantes en una materia, se colocan dos recuadros del lado de mujeres y uno del lado de hombres.
Sin embargo, existen casos donde el criterio generó más problemas que soluciones. Así, en 10 de las 19 boletas donde faltan recuadros para materias que tenían vacantes impares, esto se debió a que ya se había colocado la cantidad máxima de cinco recuadros en ambas listas (de mujeres y hombres) o por lo menos en la de mujeres, y siguiendo su lógica, el INE no colocó un recuadro adicional para hombres.
En otros casos más extremos, no se colocaron todos los recuadros impares, aún y cuando había uno o hasta dos espacios disponibles y candidaturas suficientes para ambos géneros, como se ve en la Figura 4.
Entendemos que la boleta se diseñó de esta manera porque tiene materias con vacantes impares y sólo para algunas sería posible poner el recuadro adicional del lado de mujeres, pero en otras no porque eventualmente no habría espacios suficientes. Entonces, el INE rompió con la lógica que había seguido y colocó sólo un recuadro en la lista de hombres y otro en la lista de mujeres. Es decir, para no tener que decidir qué materia se quedaría sin un recuadro, les quitó un recuadro a todas.
De nuevo, uno de los problemas que enfrentamos con la falta de recuadros en una materia o en la boleta en general es tener certeza sobre cuál es la manera correcta de votar. Si alguien decidiera no guiarse por los recuadros, sino por el número de vacantes, ¿cómo podría expresar los votos faltantes? Si pone más números que recuadros, ¿sus votos se anularán?
El efecto de estas boletas es que se le “quitan” votos a las personas electoras, pues no podrán votar por el número total de las vacantes. El diseño de boletas, en los hechos, limita su derecho al voto.
Contrario al problema planteado en la sección anterior, el número de votos emitidos -para los cargos de las materias con tres vacantes- será menor al número de personas votantes. Esto vulnera los derechos de las personas votantes y de las personas candidatas.
Boletas con otros problemas
Identificamos otras 9 boletas donde el número de recuadros coincide con el número total de vacantes, pero los recuadros no corresponden con la distribución de las vacantes por materias. Es decir, en algunas materias sobran o faltan recuadros.
Finalmente, detectamos boletas con otro tipo de problemas.
Encontramos una boleta con 11 vacantes (figura 5), lo cual contradice el artículo segundo transitorio de la reforma constitucional que estipula que las personas podrán votar por 10 personas. Como regla general el INE “topó” las boletas a máximo 10 recuadros, pero finalmente –aunque sea para una sola boleta–infringió el mismo artículo y su propia lógica.
También se encontró una boleta (figura 6) donde los recuadros no tienen color. Esto obedece a que en ese distrito hay vacantes únicas en seis materias distintas. Siguiendo las reglas para el diseño de las boletas, la boleta debería tener un recuadro del lado de mujer y uno del lado de hombre para cada materia. En ese caso, no es posible, ya que eso implicaría tener seis recuadros en cada género. La solución del INE consistió en dejar los recuadros en blanco, con el riesgo de que en ese distrito se generen una cantidad importante de votos nulos, porque las personas electoras no contarán con la guía de colores para escoger candidatos de las materias correspondientes a las vacantes.
¿Errores o mala decisión del INE?
Frente a los problemas que muestran las boletas, es válido preguntarse cómo el INE llegó a diseñar las boletas de esta manera, por lo que nos dimos a la tarea de entender su proceso de aprobación.
En un primer momento, los diseños genéricos y la impresión de las boletas para los cargos de personas juezas y magistradas fueron aprobados el 30 de enero de 2025 por el Consejo General del INE mediante el Acuerdo INE/CG51/2025. El Acuerdo fue aprobado con ocho votos a favor y tres en contra de Martín Faz, Jaime Rivera y Claudia Zavala, con un voto particular de esta última, donde expone sus dudas sobre el diseño escogido y propone alternativas para evitar algunos de los problemas que identificamos (4*).
Dicho Acuerdo mandata a la Dirección Ejecutiva de Organización Electoral (DEOE) realizar el diseño final de las boletas, una vez aprobados los listados finales de las candidaturas. La DEOE debía diseñar la boleta de cada distrito sobre la base de los diseños genéricos, incorporando los nombres de las candidaturas y “en su caso, realizando] los ajustes correspondientes”. Además, el Acuerdo prevé que dichos ajustes deberán hacerse del conocimiento de la Comisión Temporal del Proceso Electoral Extraordinario para la elección de diversos cargos del Poder Judicial de la Federación, más no del Consejo General.
Encontramos, de hecho, el informe que la DEOD entregó a la Comisión Temporal el 10 de abril de 2025, donde detalla las decisiones que se tomaron para realizar estas boletas y señala algunos de los casos particulares que hemos identificado. Dicho informe fue aprobado por la Comisión Temporal y la producción de dichas boletas inició al día siguiente, de acuerdo con un informe posterior sobre el seguimiento a la producción de las boletas.
Sin duda, es importante recordar que el INE dispuso de un tiempo extremadamente reducido y de recursos todavía más limitados para implementar este proceso electoral. Sin embargo, es preocupante que decisiones de tanta trascendencia como es el diseño final de las boletas fueron aprobadas por una Comisión Temporal y no por el Consejo General del INE.
Las decisiones cuestionables que tomó el INE respecto al diseño de las boletas no pasaron desapercibidas para algunas y algunos candidatos, quienes presentaron diversas impugnaciones ante el TEPJF por considerar que se afecta su derecho a ser votados.
Los Juicios Electorales correspondientes (5*) fueron desechados por la mayoría del Pleno del Tribunal (6*) debido a que para ese momento ya se había concluido la impresión de las boletas y consideraron que los errores en el diseño de las mismas eran irreparables. Incluso se rechazó la propuesta del Magistrado Reyes Rodríguez para que, si el INE consideraba que ya no era posible modificar el diseño de las boletas, el Consejo General por lo menos estableciera lineamientos específicos en los casos de ambigüedad para aclarar cómo se debía votar y computar los votos a fin de garantizar el principio de certeza.
Dado que la mayoría del TEPJF decidió no entrar al análisis de los asuntos, es un hecho que la votación se realizará con las boletas que se diseñaron y hasta ahora el INE no ha establecido tales lineamientos.
Más allá del diseño de las boletas, ¿qué pasa con las candidaturas?
Como ya lo señalamos, el INE dividió los circuitos judiciales en distritos judiciales electorales. Después, sorteó las candidaturas para repartirlas en estos distritos. La Ciudad de México, por ejemplo, se dividió en 11 distritos judiciales, el Estado de México en tres y Veracruz en dos. Esa decisión provocó que en varios casos las personas candidatas se vean obligadas a hacer campaña en un lugar distinto al de su domicilio. Además, cuando se trata de candidaturas de personas juzgadoras en funciones, deben hacer campaña fuera del lugar donde trabajan. Esto implica, en algunos casos, que las personas candidatas tengan que invertir más tiempo y recursos para llegar al lugar donde deben buscar el voto. La decisión provocó inequidad en la contienda para estas personas respecto a quienes pueden hacer campaña cerca del lugar de donde viven.
Candidaturas únicas
Al revisar las boletas, encontramos 43 candidaturas únicas, 33 mujeres y 10 hombres. En 18 casos, se trata de candidaturas a magistraturas de circuito y en 25 casos de juzgados de distrito. En estos 43 casos, las personas candidatas, en principio, no compiten contra nadie y podrían obtener el puesto con un solo voto. Podría darse el caso que al aplicar los criterios de paridad de género algún candidato único no obtenga el puesto. Para ejemplificar lo problemático de la situación, pensemos en una elección de una presidencia municipal o una diputación en la que sólo apareciera una candidatura. En términos prácticos, la elección sería de mero trámite pues no tiene contendientes. Lo mismo es aplicable en estos casos.
A continuación, compartimos un cuadro con cada uno de los casos.
Abreviaturas. PL: Poder Legislativo, PE: Poder Ejecutivo, PJ: Poder Judicial y EF: En funciones.
El caso más extremo lo encontramos en el Distrito Judicial 2 en Guanajuato, que aparece en la Figura 3. Ahí, hay dos vacantes para la magistratura de circuito en materia civil, pero únicamente un candidato: Jorge Luis Barbosa Colunga, quien actualmente trabaja en el Instituto Electoral de Guanajuato.
Tanto los Comités de Evaluación como el INE tienen responsabilidad en que haya candidaturas únicas. Sin embargo, en algunos casos, simplemente no había suficientes postulaciones, o candidaturas que cumplieran los requisitos o fueran idóneas para competir por los cargos.
¿Qué podemos mejorar para las próximas elecciones en 2027?
Esta elección se realizará con los diseños problemáticos de boletas y no tardaremos en ver las consecuencias durante y después de la jornada electoral. Pero no olvidemos que en 2027 se realizará nuevas elecciones judiciales –que comienzan a preparase en 2026– y las autoridades involucradas en el desarrollo del proceso tienen la oportunidad para corregir algunas decisiones que ponen en riesgo el derecho al voto en sus dos dimensiones (votar y ser votado) y afectan la equidad en la contienda.
Una propuesta para mejorar las boletas consiste en que las personas votantes no tengan que escribir los números de las y los candidatos, sino que tal vez puedan tachar o encerrar las opciones que quieran elegir.
Otra propuesta implicar agrupar a las y los candidatos por materias –y dentro de cada materia ordenarlos alfabéticamente– para facilitar la visualización.
Si bien el máximo de hasta 10 votos viene del transitorio constitucional, se sugiere no colocar cinco cuadros en una lista de mujeres y cinco en una lista de hombres, sino colocar en un solo apartado neutral – podría ser al centro– la cantidad de recuadros que corresponde a las vacantes.
Estas dos sugerencias se pueden ejemplificar con el modelo que propuso la consejera Zavala y se observa en su voto particular al Acuerdo INE/CG51/2025.
Este modelo no resuelve todos los problemas del diseño de las boletas y tiene sus propios retos. Se presenta con fines ilustrativos para empezar a plantear alternativas de mejora.
Una alternativa, que permitiría evitar la incertidumbre en los resultados de la elección, derivado de los ajustes de paridad de género, consiste en definir desde el inicio del proceso las vacantes que deberá ocupar cada género, por materia y adscripción. De esta manera las personas que apliquen a las convocatorias sabrán exactamente cuáles vacantes serán ocupadas por mujeres y cuáles por hombres, y cada grupo competirá entre sí.
Esta solución es más fácil y transparente que el actual método y permitiría evitar muchos de los problemas detectados en las boletas del actual proceso. De esta manera el INE no tendría que tomar decisiones de paridad en el diseño de boletas, ni en la asignación de cargos, y las personas candidatas sabrían exactamente contra quién compiten. Esto daría mayor certeza respecto del valor del voto y su efecto en la asignación –ganaría quien tenga más votos –, lo que impactaría positivamente en la legitimidad de quienes resulten electos, a la vez que facilitaría a los medios de comunicación abrir espacios de debates entre candidatos en condiciones de equidad, pues sabrían exactamente quienes son contrincantes directos.
Finalmente, se deberían establecer candados para evitar las candidaturas únicas, que generan una ventaja indebida y vulnera el derecho al voto ya que no permite elegir entre por lo menos dos opciones.
Laurence Pantin (@lpantin) es co-coordinadora del Observatorio de la Justicia del Tecnológico de Monterrey y directora de Juicio Justo, del cual Alejandra Quezada (@quezada_as) es coordinadora de Investigación, y Luis Tapia es consultor independiente.
Las autoras agradecen el apoyo de Irina Burgaza y Juliana Ramírez para la recopilación y revisión de insumos.
1* En Coahuila y Quintana Roo, los congresos locales decidieron que se votaría por planillas –la del Ejecutivo, la del Legislativo y la del Judicial–, por lo que las personas votantes tendrán que marcar la de su preferencia. Las personas candidatas que se encuentran en la planilla que gane la mayor cantidad de votos obtendrán el cargo. Es importante señalar que esto implica que en esos estados es probable que las y los electores voten en función del poder del Estado en el cual más confían y no tanto de las personas que aparezcan en cada lista. Si bien esta solución tiene el mérito de facilitar el voto y el cómputo, no parece que respete el espíritu de la reforma judicial en el sentido de que las personas realmente decidan quiénes serán sus personas juzgadoras.
2* Sólo en el caso de las vacantes de ministros en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, sí se determina cuántas vacantes corresponden a mujeres y cuántas a hombres. Por lo tanto, se sabe de antemano cuántas mujeres y hombres tendrán que ser votados. Además, en todos esos casos las vacantes son menos de 10 y no existen distintas materias lo que evitó las complejidades que sí ocurrieron en el caso de juzgados de distrito y magistraturas de circuito.
3* Para entender mejor este escenario, imaginemos que se ocupara un sistema similar para la elección presidencial de 2024. Para la mayoría de los votantes, la opción favorita era Claudia Sheinbaum y es probable que, si se les hubiera pedido emitir un voto para su segunda opción, hubieran escogido a Jorge Álvarez Maynez. Del lado de la oposición, la opción favorita era Xóchitl Gálvez y la segunda opción hubiera sido también Álvarez Maynez. Al sumar los votos, hubiera ganado Álvarez Maynez y no Sheinbaum.
4* También emitió un voto concurrente Carla Humphrey, donde hace patente su rechazo al hecho de que el diseño de boleta aprobado exige que las personas votantes escriban los números de las candidaturas de su preferencia.
5* Por ejemplo, el SUP-JE-159/2025 y SUP-JE-160/2025 (acumulados), SUP-JE-177/2025 y SUP-JE-173/2025, entre otros asuntos.
6* La ponencia del Magistrado Reyes Rodríguez Mondragón y la Magistrada Janine Otálora Malassis votaron en contra de esa postura y emitieron votos particulares.
7* Ver CV del candidato en la plataforma Conóceles del INE: https://candidaturaspoderjudicial.ine.mx/detalleCandidato/52402/10
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