El Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM) resolvió, en audiencia pública y por unanimidad, que el alcalde de Temixco, Israel Piña Labra, y el regidor Julio César Ortiz Popoca incurrieron en violencia política en razón de género contra la síndica municipal, Adriana de la Cruz Castrejón, y la regidora Graciela Cárdenas Morales.

La resolución, emitida el 6 de agosto de 2025, derivó de las denuncias presentadas por las funcionarias en abril de este mismo año. El procedimiento se tramitó mediante los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano, identificados como TEEM/JDC/41/2025-3 y TEEM/JDC/42/2025-3, acumulados al tratarse de hechos conexos.

Temixco, ubicado a 13.4 kilómetros de Cuernavaca, es uno de los municipios con mayor peso político en el estado. Israel Piña Labra asumió el cargo por la coalición integrada por PAN, PRI, PRD y Redes Sociales Progresistas.

Entre las conductas acreditadas por el Tribunal destacan: la reducción injustificada del presupuesto asignado a la sindicatura para el ejercicio fiscal 2025; la falta de personal técnico y jurídico especializado; y la omisión en la entrega de equipo, mobiliario y servicios básicos necesarios para el funcionamiento de las oficinas de ambas funcionarias.

A la izquierda alcalde Israel Piña Labra; a la derecha regidor, Julio César Ortiz Popoca

Asimismo, se documentó la obstrucción en el ejercicio de sus cargos, mediante la omisión reiterada de convocarlas oportunamente a sesiones de Cabildo, y la aprobación unánime de la reasignación de la Consejería Jurídica a la Presidencia Municipal, lo cual fue señalado por las actoras como una medida que limitó sus facultades legales.

El Tribunal ordenó al Ayuntamiento de Temixco implementar una serie de medidas correctivas y de reparación integral, entre ellas:

Revocar los acuerdos del 31 de enero relacionados con el presupuesto de la sindicatura y la estructura administrativa.

Garantizar los recursos necesarios para el funcionamiento de la sindicatura durante 2025.

Designar un consejero jurídico y asignar diez trabajadores (ocho administrativos auxiliares y dos especializados “B”) a la sindicatura y regiduría.

Alcalde Israel Piña Labra

Convocar a sesión de Cabildo en un plazo máximo de diez días para definir comisiones.

Equipar las oficinas de ambas funcionarias en un lapso no mayor a tres días hábiles.

Además, se ordenó que el alcalde y el regidor emitan una disculpa pública, la cual deberá difundirse tanto en el portal oficial del Ayuntamiento como en el sitio web del Tribunal Electoral del Estado de Morelos.

La sentencia también establece la inscripción de Israel Piña Labra en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, por un periodo de tres años.

Ambos funcionarios pueden impugnar la resolución ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aunque hasta el momento no han fijado postura pública al respecto.

Regidor Julio César Ortiz Popoca



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