El Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México ordenó la reanudación inmediata de todas y cada una de las actividades y servicios que prestan los órganos jurisdiccionales, áreas administrativas y de apoyo judicial del Poder Judicial capitalino.

De acuerdo con un comunicado del Consejo de Judicatura capitalino, la reanudación de las actividades en las áreas mencionadas deben reactivarse en los horarios establecidos en la normatividad vigente.

El paro en el Poder Judicial de la Ciudad de México cumplió 36 días, pausando las actividades en los tribunales y juzgados de lo familiar.

Los trabajadores del Poder Judicial buscan un aumento salarial superior al 5% y aliviar las cargas de trabajo que padecen, por lo que el pasado 29 de mayo, tres días antes de la elección judicial, comenzaron un paro en los tribunales y juzgados.

Por su parte, el Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México, mediante el Acuerdo V-73/2025, precisó que la orden de reactivar actividades no implica impedimento alguno para ejercer el derecho a la libertad de expresión y manifestación de manera libre y pacífica, sin alterar el orden público ni impedir las actividades del Poder Judicial en la capital.

Además, instruyó a las y los titulares de los órganos jurisdiccionales, de áreas administrativas y de apoyo judicial, aplicar las disposiciones en materia administrativa vigentes, para garantizar el óptimo funcionamiento de la administración e impartición de justicia.

Esto, al personal que no asista a laborar en el área de su adscripción, en el entendido de que, de continuar el impedimento para acceder a las diversas sedes, con motivo de bloqueos, para la Judicatura no será posible garantizar la continuidad de los servicios mínimos indispensables, incluyendo el procesamiento de la nómina y demás servicios.

Por último señaló que se instruyó a los titulares de órganos jurisdiccionales, de áreas administrativas y de apoyo judicial a que a la brevedad agenden y continúen con los asuntos que fueron suspendidos.

Lo anterior, para atender el acuerdo que, privilegiando en interés superior de niñas, niños y adolescentes, así como la necesidad indispensable de la sociedad de contar con los servicios que permitan ejercer su derecho de acceso a la justicia y la obligación del Estado de garantizarlo.



Source link